martes, 26 de abril de 2016

Renta 2015: cómo deducirse las cuotas sindicales y colegios profesionales.


http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Componentes_Home/imagenes/cabecera/Campanyas/2015/Renta/renta_2015_es_es.jpg








Los contribuyentes pueden deducirse en su declaración el 20% de las cuotas que han pagado a los sindicatos y los colegios profesionales.

Las cuotas sindicales, que se consideran como gastos deducibles que restan de la base imponible hasta un 20% de dichas aportaciones.

El contribuyente también se puede deducir las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria y con un máximo de 500 euros anuales).

Las cantidades aportadas a estos fines deberán introducirse en las casillas 12 y 13 de su declaración como parte del apartado "Rendimientos del trabajo".


No hay comentarios:

Publicar un comentario