miércoles, 2 de enero de 2013

CONTESTACIÓN DE ACCIONA A NUESTRA CARTA

Contestación recibida en el día de hoy por parte de la empresa.

Contestación a escritos enviados por los Comités de Madrid.

4 comentarios:

  1. En relación al apartado 13 del Acta nº 2 que publicasteis en su día, agradecería nos facilitaseis información de si por parte del Comité de Seguimiento o por el Comité de Empresa, se está realizando alguna actuación para poder garantizar que se cumpla efectivamente los criterios de selección básicos para determinar los trabajadores afectados por Extinción del Contrato, ya que lo que sí se puede comprobar es que un criterio que posiblemente han seguido es el de despedir a trabajadores de 49 años de edad con la idea de evadir la obligatoriedad de contribuir al Tesoro Público con aportaciones económicas cuando se realiza un despido colectivo en el que van inmersos trabajadores de 50 o más años, tal y como se reguló en el RD 1484/2012 de 29 de octubre.

    Por ello, por favor indicadnos qué medidas estáis adoptando para controlar que no se haya incumplido por parte de Acciona dicho punto, y de haberse hecho si lo habéis denunciado.

    Gracias de antemano y un saludo.

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  2. No se ha realizado ningúna extinción en personal de 50 años o más, y algun caso que hemos tenido voluntarios ha sido rechazado por la Empresa. Recientemente nos han llamado comentado algúnos casos de personal mayor de 50 años que ha causado baja en la empresa y lo llevaremos a la mesa de seguimiento de este mes para comprobar si se cumple lo acordado.

    En los casos de extinciones de personal que tiene la edad cercana a los 50 años sin llegar a cumplirlos, los responsables de la seleción en cada Área afectada han sido los Directores de Área ayudados por los Directores de zona y Departamento a su cargo, supuestamente conforme al proceso interno de Valoración de Desempeño al que no hemos tenido acceso. El único criterio cuantificable que nos ha facilitado la Empresa es la antigüedad de los trabajadores.

    En los casos que el trabajador no está conforme colaboramos con ellos en las denuncias que presentan.

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  3. A mi me faltaban tres meses para los cincuenta años y llego veinticuatro años en la empresa, ¿Qué criterio de valoración del trabajo desempeñado y antigüedad han tenido?

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  4. Está claro que la antigüedad en la empresa no ha sido el motivo, si no su edad cercana a cumplir los 50 años y la valoración de desempeño realizada por su superior ha sido predominante en la decisión.

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